Circular con el carnet de conducir caducado está considerado por la Ley de Tráfico y Seguridad Vial una sanción grave y conlleva una multa de 200 euros. Sin embargo, lo más grave que te puede ocurrir no es la multa, sino que tengas un accidente y descubras que tu seguro no se hace cargo de los daños, al igual que sucede cuando circulas bajo los efectos del alcohol o sin tener la ITV en vigor. Ahora bien; según la propia DGT, sí podemos circular por un tiempo máximo con él en estas condiciones.
El carnet caducado puede jugarte una mala pasada
Tener el permiso de conducir caducado puede suponer imprevistos indeseados, ya que podría haber una sanción istrativa en concepto de multa por conducir con carnet caducado. El mismo, como es lógico, tiene una fecha límite de validez.
Pasado ese periodo, te llevar el DNI o pasaporte en vigor, una fotografía y el documento que justifica el pago de las tasas correspondientes.
Existen dos opciones para renovar tu carné de conducir. Puedes hacer las gestiones directamente en la Jefatura Provincial de Tráfico o en un centro médico autorizado. La DGT informa de que el nuevo permiso tarda aproximadamente un mes y medio en llegarte a casa, por lo que, mientras tanto, podrás seguir conduciendo con el permiso provisional que te facilitan cuando efectúas el trámite y que tiene una vigencia de tres meses.