A la hora de circular hay unos límites de velocidad que no deberíamos rebasar, pues son los que se consideran que están dentro de un rango de seguridad vial. Sin embargo, ¿podemos llegar a excedernos en una cantidad tan ínfima como un solo kilómetro por hora o los radares son sumamente exactos?
El exceso de velocidad representa el 60% del total de sanciones de la DGT, convirtiéndose además en el principal
Esto significa que por encima de esa velocidad una multa no sería válida… por dos motivos; o bien porque técnicamente no son capaces de realizar la fotografía, o bien porque el aparato no ha sido homologado para funcionar por encima de esa velocidad. Con todo, por norma general, si bien ningún radar de los presentes en España ‘salta’ exactamente a las velocidades que nos marcan los límites de las vías, sí trabajan con unos márgenes de funcionamiento estandarizados, como decimos.
Según la fórmula publicada por la Guardia Civil, si ese límite es inferior a 100 km/h el radar nos cazará si circulamos a 7 km/h por encima del mismo. Es decir, que en una carretera limitada a 90 km/h, el radar se activa a partir de los 97 km/h. Por contra, si el límite fijado para la vía supera los 100 km/h se añade un margen del 7%, superado el cual saldremos irremediablemente en la foto.
En la práctica, este 7% sólo se aplica en autopistas y autovías, para las cuales su límite de 120 km/h nos deja un margen de hasta los 128 km/h. De esta forma, y respondiendo a la duda inicial, no, no se puede recibir una multa por exceso de velocidad por superar únicamente en un kilómetro por hora la velocidad máxima a la que puede circular de forma legal un vehículo en España.