Saltarse un semáforo en rojo es una de las infracciones más comunes y graves que se recogen en el artículo 146 del Reglamento General de Circulación, la cual, además de una sanción económica, conlleva la pérdida de puntos. De todas formas, a pesar de que está sancionada, la Justicia ha vuelto a posicionarse a favor de un infractor y ha terminado por anular otra multa a un conductor.
Se salta un semáforo rojo, pero la multa termina anulada
No detenerse ante un semáforo en rojo es una de las infracciones más habituales al circular por la ciudad a pesar del peligro que conlleva. Las prisas, el estrés o un despiste llevan a muchos conductores a cometer esta falta que conlleva una multa económica y retirada de puntos del carnet de conducir.
Como es de esperar, esta infracción está penada en el artículo 146 del Reglamento General de Circulación, en el que se determina que los semáforos indican prioridades de paso en un cruce de vías, por lo que
Lo rebasó estando en ámbar, pero la fotografía no lo demuestra
Cabe mencionar, no obstante, que a diferencia del rojo, en ámbar depende de las circunstancias; lo más recomendable es reducir la velocidad para evitar cruzarlo justo cuando cambie de color. En estas situaciones hay que extremar todas las precauciones y cruzar solamente, en aquellos casos en los que sea totalmente seguro. Y, sobre todo, hacerlo con el objetivo de priorizar la seguridad vial.
Porque, en ocasiones, pegar un frenazo para no saltarse el semáforo en ámbar puede causar un accidente. Este fue justamente el caso del infractor del que la Justicia se quedó de su parte. El motivo fue que, tras haber pedido la fotografía foto-rojo legal que demostrara esta infracción cometida, esta terminó siendo oscura y sin definición, de ahí que no se considerase válida.
Por su parte, el Magistrado explicó que el aparato concreto de captación de las fases del semáforo no medía correctamente, razón por la cual no era necesario el certificado de control mencionado, lo que hace finalmente porque la falta termine siendo anulada y levantada de cualquier obligación.
Esta decisión, por su parte, se une a otra del pasado mes de enero, también en Madrid, en el que un Juzgado de lo Contencioso-istrativo anulaba una primera multa del Consistorio madrileño impuesta a otro conductor bajo un escenario prácticamente idéntico a este.